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16. COMO AFILIAR A UN BENEFICIARIO.La afiliación de un beneficiario al régimen contributivo se hace a través del diligenciamiento del formulario único de afiliación, en el cual se registra la información personal y familiar del solicitante y del nuevo beneficiario.
El médico divisionario o auditor, o el coordinador médico del contratista a falta de los anteriores, les asesorarán en este trámite. Si Usted cumplió este trámite ante el médico divisionario o auditor, el carné le será entregado dentro de los 2 dias hábiles siguientes, en los demás casos deberá esperar los 15 días hábiles.
Seńor afiliado recuerde la importancia que para todos tiene el reportar el fallecimiento de un beneficiario; dirija en estos casos una carta, informando del hecho al médico divisionario del FONDO, adjuntando a la misma el carné que lo acreditaba como usuario de los servicios de salud, a falta de este documento deberá adjuntar original o fotocopia autenticada del registro de defunción.
17. TRASLADO DEL SERVICIO DE SALUD A OTRA CIUDAD O DIVISIÓN
Cuando un usuario decide cambiar su sitio de residencia, puede trasladar el servicio médico al punto de atención mas cercano a su nuevo hogar. La División de Servicios Asistenciales diseńó un formato para que usted solicite el traslado, sólo debe acercarse a la oficina del médico coordinador o responsable administrativo en su localidad, diligenciar el formulario y seguir el procedimiento.
PROCEDIMIENTO:
a. Reclame y diligencie el formato solicitud de traslado de servicios médicos.
b. Comuníquese con el Médico Divisionario del FONDO, con el fin de conocer el lugar donde debe reclamar su carné.
c. Envíelo por correo al Médico Divisionario del FONDO .
d. Una vez se hace efectivo el traslado -a partir del mes siguiente al mes en que hace la solicitud- , acudir a reclamar el carné con su nuevo punto de atención y entregar el carné con su anterior punto de atención.
Recuerde que sólo puede trasladarse una vez cada 6 meses. Es Importante que tramite el traslado de su servicio médico con un mes de anticipación al cambio de su residencia.
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