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SOLICITAR RECONOCIMIENTO DE AUXILIO FUNERARIO POR
MUERTE DE FAMILIARES DE PENSIONADOS DEL PROGRAMA PUERTOS DE
COLOMBIA.
2. EN QUE CONSISTE EL TRAMITE
Si Usted adquirió su pensión por el terminal
Marítimo de Cartagena, Barranquilla y Oficina de Conservación de
Bocas de Ceniza, tiene derecho a solicitar el reconocimiento de
auxilio funerario por muerte comprobada de padres, esposa o
compañera permanente y debe: presentar solicitud escrita ante el
subdirector de Prestaciones Sociales de la entidad anexando la
documentación necesaria y cumpliendo con los requisitos
establecidos
3. DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL TRAMITE
Solicitud escrita del beneficiario (haga
clic aqui para descargar el formato)
Fotocopia del carné del servicio médico del fallecido
Original del certificado de defunción
Original de la factura de cancelación de los gastos funerarios con
los requisitos exigidos por la Ley
Certificación expedida por la Clínica que presta los servicios
médicos en la localidad donde figure inscrito como beneficiario del
pensionado, hasta el momento del fallecimiento
Fotocopia de la cédula de ciudadanía del pensionado
Fotocopia de la Resolución de Pensión si la tiene
Radicar la solicitud en la oficina de correspondencia del Fondo de
Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.
REQUISITOS NECESARIOS PARA EL TRAMITE.
Solicitud escrita del beneficiario
Haber adquirido su status de pensionado por el terminal Marítimo de
Cartagena, Barranquilla y Oficina de Conservación de Bocas de
Ceniza
Estar inscrito como beneficiario del pensionado al momento de su
fallecimiento en los servicios médicos asistenciales.
4. LUGAR AL CUAL DEBE ACUDIR EL CIUDADANO:
· Oficina Programa Bienestar Puertos de Colombia,
dependencias centrales del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles
Nacionales de Colombia, ubicadas en la calle 13 No.18-24 en la
ciudad de Bogotá, D.C., Teléfono:3710277 -2474360 Fax:2475253
E-mail: tren1@telecom.com.co
- medico@fps.gov.co
Cali: Calle 25 Norte No 5bN - 45 Piso 2º. Tel. (2)
661 6551 - (2) 680 5668 Tren4@telecom.com.co
Buenaventura: Calle 1 No 2 - 39 Oficina. 305 Tel.(2) 242 4182 Tren11p@telecom.com.co
Tumaco: Calle Nuñez No.13A Frente Parque Colón Tel. (2) 727 3694 Tren10p@telecom.com.co
Santa Marta: Calle 18 No. 20-54 Barrio Jardín Tel. (5)
4206499 - 4319509 Tren6@telecom.com.co
Barranquilla: Carrera 47 No 84 - 73 Tel. (5) 378 5605 Tren13p@telecom.com.co
Cartagena: Calle 26 No 19 - 37 Tel.(5) 660 4441 Tren12p@telecom.com.co
Bucaramanga: Calle 22 No 23 - 47 Tel. (7) 635 2052 - 645
4058 Tren3@telecom.com.co
Medellín: Carrera 55 No 40ª - 20 Of. 810 Tel. (4) 262 9468
Tren5@telecom.com.co
5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRAMITE
Dicho beneficio se consagró de manera expresa en al
Acta del 23 de Agosto de 1.991 en la ciudad de Cartagena, mediante
la cual se adicionó el artículo 128 a la Convención Colectiva del
Trabajo, Terminales Marítimos de Cartagena, Barranquilla y Oficina
de Conservación de Bocas de Ceniza: Vigencia 1.991-1.993, en el
sentido que lo pactado para los trabajadores activos se haría
extensivo para los familiares de jubilados y pensionados en el caso
de muerte de los padres, esposa o compañera permanente, según
consta en Acta de Acuerdo Final del 27 de Julio de 1991.
En armonía con el concepto de la Sala de Consulta
del Servicio Civil del Consejo de Estado del 5 de agosto de 1.999,
radicación 1199.
6. OTROS DATOS SOBRE EL TRAMITE:
Subdirección de Prestaciones Sociales.
Director General.
Trámite máximo 20 días, teniendo en cuenta el cumplimiento de los
requisitos por parte de los usuarios, verificación por parte de la
entidad sobre la información enviada, número de solicitudes
presentadas y disponibilidad de los recursos.
De 180 a 200 solicitudes al año.
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