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Calle 13 No. 18-24 Estación de la Sabana (Bogotá - Colombia)
PBX 3710277 - Fax:3750378 - Oficina de atención al Usuario Bogotá:  2476775

Horario de atención: Lunes a Viernes de 7:00 a.m - 12:00 m y  de 12:45- 4:30 p.m.
Línea Gratuita al Usuario 01800111322 - Línea Nacional de quejas 

y reclamos: 01-800-09-12206  
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Auxilio funerario por muerte de familiares

 

SOLICITAR RECONOCIMIENTO DE AUXILIO FUNERARIO POR MUERTE DE FAMILIARES DE PENSIONADOS DEL PROGRAMA PUERTOS DE COLOMBIA.

2. EN QUE CONSISTE EL TRAMITE

Si Usted adquirió su pensión por el terminal Marítimo de Cartagena, Barranquilla y Oficina de Conservación de Bocas de Ceniza, tiene derecho a solicitar el reconocimiento de auxilio funerario por muerte comprobada de padres, esposa o compañera permanente y debe: presentar solicitud escrita ante el subdirector de Prestaciones Sociales de la entidad anexando la documentación necesaria y cumpliendo con los requisitos establecidos

3. DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL TRAMITE

  Solicitud escrita del beneficiario (haga clic aqui para descargar el formato)
   Fotocopia del carné del servicio médico del fallecido
  Original del certificado de defunción
  Original de la factura de cancelación de los gastos funerarios con los requisitos exigidos por la Ley
  Certificación expedida por la Clínica que presta los servicios médicos en la localidad donde figure inscrito como beneficiario del pensionado, hasta el momento del fallecimiento
  Fotocopia de la cédula de ciudadanía del pensionado
  Fotocopia de la Resolución de Pensión si la tiene
  Radicar la solicitud en la oficina de correspondencia del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia.

REQUISITOS NECESARIOS PARA EL TRAMITE.

  Solicitud escrita del beneficiario
  Haber adquirido su status de pensionado por el terminal Marítimo de Cartagena, Barranquilla y Oficina de Conservación de Bocas de Ceniza
  Estar inscrito como beneficiario del pensionado al momento de su fallecimiento en los servicios médicos asistenciales.

4. LUGAR AL CUAL DEBE ACUDIR EL CIUDADANO:

· Oficina Programa Bienestar Puertos de Colombia, dependencias centrales del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, ubicadas en la calle 13 No.18-24 en la ciudad de Bogotá, D.C., Teléfono:3710277 -2474360 Fax:2475253

E-mail: tren1@telecom.com.co - medico@fps.gov.co

Cali: Calle 25 Norte No 5bN - 45 Piso 2º. Tel. (2) 661 6551 - (2) 680 5668 Tren4@telecom.com.co
Buenaventura: Calle 1 No 2 - 39 Oficina. 305 Tel.(2) 242 4182 Tren11p@telecom.com.co
Tumaco: Calle Nuñez No.13A Frente Parque Colón Tel. (2) 727 3694 Tren10p@telecom.com.co
Santa Marta: Calle 18 No. 20-54 Barrio Jardín Tel. (5) 4206499 - 4319509 Tren6@telecom.com.co

 Barranquilla: Carrera 47 No 84 - 73 Tel. (5) 378 5605 Tren13p@telecom.com.co
 Cartagena: Calle 26 No 19 - 37 Tel.(5) 660 4441 Tren12p@telecom.com.co
 Bucaramanga: Calle 22 No 23 - 47 Tel. (7) 635 2052 - 645 4058 Tren3@telecom.com.co
 Medellín: Carrera 55 No 40ª - 20 Of. 810 Tel. (4) 262 9468 Tren5@telecom.com.co


5. PRINCIPALES NORMAS QUE REGULAN EL TRAMITE

Dicho beneficio se consagró de manera expresa en al Acta del 23 de Agosto de 1.991 en la ciudad de Cartagena, mediante la cual se adicionó el artículo 128 a la Convención Colectiva del Trabajo, Terminales Marítimos de Cartagena, Barranquilla y Oficina de Conservación de Bocas de Ceniza: Vigencia 1.991-1.993, en el sentido que lo pactado para los trabajadores activos se haría extensivo para los familiares de jubilados y pensionados en el caso de muerte de los padres, esposa o compañera permanente, según consta en Acta de Acuerdo Final del 27 de Julio de 1991.

En armonía con el concepto de la Sala de Consulta del Servicio Civil del Consejo de Estado del 5 de agosto de 1.999, radicación 1199.

6. OTROS DATOS SOBRE EL TRAMITE:

  Subdirección de Prestaciones Sociales.
  Director General.
  Trámite máximo 20 días, teniendo en cuenta el cumplimiento de los requisitos por parte de los usuarios, verificación por parte de la entidad sobre la información enviada, número de solicitudes presentadas y disponibilidad de los recursos.
  De 180 a 200 solicitudes al año.

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