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RESOLUCIÓN NÚMERO 0901 DEL 03 DE JUNIO DE 2021
POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA LA TERMINACIÓN UNILATERAL ANTICIPADA Y LIQUIDACION DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 247 de 2021
EL DIRECTOR GENERAL DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA. En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere el artículo 17 de la Ley 80 de 1993, ha expedido la resolución 0901 de 3 de junio de 2021, en consideración a que El Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia y Fabio Olmedo Palacio Valencia (QEPD), el día veintitrés (23) de abril de 2021 suscribieron el contrato de prestación de servicios No. 247 de 2021, cuyo objeto consistió en “ PRESTAR LOS SERVICIOS PROFESIONALES PARA APOYAR LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA PARA APOYAR A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL FONDO DE PASIVO SOCIAL DE FERROCARRILES NACIONALES DE COLOMBIA" el cual, debido a la muerte del contratista, terminó. Lo anterior en consideración a lo establecido en el artículo 17 numeral 2, de la ley 80 de 1993, donde se determina como causal de terminación unilateral anticipada del contrato lo siguiente: “Por muerte o incapacidad física permanente del contratista, si es persona natural, o por disolución de la persona jurídica del contratista.”.