Servicios Excluidos en el Plan de Beneficios

USUARIOS PBS

  • Cirugía estética con fines de embellecimiento y procedimientos de cirugía plástica cosmética.
  • Odontología cosmética.
  • Tratamientos nutricionales con fines estéticos.
  • Diagnóstico y Tratamientos para la Infertilidad y/o Impotencia Sexual.
  • Tratamientos o curas de reposo o del sueño.
  • Medias elásticas de soporte, corsés y/o fajas, sillas de ruedas, plantillas y zapatos ortopédicos, vendajes acrílicos, lentes de contacto, lentes para anteojos con materiales diferentes a vidrio o plástico, filtros y/o colores y películas especiales y aquellos otros dispositivos.
  • Medicamentos y sustancias que no se encuentren expresamente autorizados en la Manual de Medicamentos y terapéutica vigente.
  • Tratamiento con medicamentos o sustancias experimentales Trasplante de órganos e injertos biológicos diferentes a los descritos en el Acuerdo 008 de 2009 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
  • Tratamiento con psicoterapia individual, psicoanálisis o psicoterapia prolongada.
  • Tratamientos de periodoncia, ortodoncia, implantología, prótesis y blanqueamiento dental en la atención Odontológica.
  • Tratamiento con fines estéticos de afecciones vasculares o cutáneas.
  • Actividades, procedimientos e intervenciones de carácter educativo, instruccionalo de capacitación, que se lleven a cabo durante el proceso de rehabilitación, distintos a aquellos estrictamente necesarios para el manejo médico de la enfermedad y sus secuelas.
  • Atención que el afiliado se procure por su cuenta sin que haya mediado el contratista, siempre que esta no haya sido de carácter urgente.
  • Pañales para niños y adultos.
  • Toallas higiénicas Artículos cosméticos: No se consideran cosméticos los productos con actividad terapéutica para una patología definida.
  • Suplementos o complementos vitamínicos y nutricionales: Salvo aquellos casos en que por prescripción médica sean indispensables dentro del tratamiento.
  • Líquidos para lentes de contacto.
  • Tratamientos capilares Champús de cualquier tipo.
  • Jabones.
  • Cremas hidratantes.
  • Cremas antisolareso para las manchas en la piel.
  • Medicamentos o drogas para la memoria, excepto las aprobadas para el Tratamiento de Enfermedad de Alzheimer.
  • Medicamentos para la impotencia sexual o la disfunción eréctil.
  • Medicamentos anorexígenos.
  • Edulcorantes o sustitutos de la sal.
  • Enjuagues bucales, cremas dentales Cepillo y seda dental.
  • La internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo ancianato, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida.
  • El tratamiento de las complicaciones que surjan de las actividades, procedimientos e intervenciones y medicamentos no cubiertos por el plan de beneficios.
  • Cuidadores permanentes para pacientes crónicos con alteraciones de movilidad Tratamientos realizados fuera del territorio colombiano.

 

USUARIOS PAC

  • Cirugía estética con fines de embellecimiento y procedimientos de cirugía plástica cosmética.
  • Odontología cosmética: Definida como aquellos procedimientos que se realizan con fines estéticos y encaminados al mejoramiento de la apariencia física.
  • Tratamientos nutricionales con fines estéticos.
  • Diagnóstico y Tratamientos para la Infertilidad y/o Impotencia Sexual.
  • Tratamientos o curas de reposo o del sueño.
  • Tratamiento con fines estéticos de afecciones vasculares o cutáneas.
  • Tratamiento con medicamentos o sustancias experimentales.
  • Actividades, procedimientos e intervenciones de carácter educativo, instruccionalo de capacitación, que se lleven a cabo durante el proceso de rehabilitación, distintos a aquellos estrictamente necesarios para el manejo médico de la enfermedad y sus secuelas.
  • Atención que el afiliado se procure por su cuenta sin que haya mediado el contratista, siempre que esta no haya sido de carácter urgente.
  • Tratamientos de Implantes en la atención odontológica.
  • Tratamiento con psicoterapia individual, psicoanálisis o psicoterapia prolongada.
  • Pañales para niños y adultos.
  • Toallas higiénicas Suplementos o complementos vitamínicos y nutricionales: Salvo aquellos casos en que por prescripción médica sean indispensables dentro del tratamiento.
  • Líquidos para lentes de contacto.
  • Medicamentos anorexígenos.
  • Enjuagues bucales, cremas dentales Cepillo y seda dental.
  • Tratamientos capilares Cremas hidratantes salvo en aquellos casos en que por prescripción médica sean indispensables dentro del tratamiento.
  • Medicamentos o drogas para la memoria, excepto las aprobadas para el Tratamiento de Enfermedad de Alzheimer. 22. Productos Cosméticos. No se consideran cosméticos los productos con actividad terapéutica para una patología definida.
  • La internación en instituciones educativas, entidades de asistencia o protección social tipo ancianato, hogar sustituto, orfanato, hospicio, guardería o granja protegida.
  • Cuidadores permanentes para pacientes crónicos con alteraciones de movilidad.
Accesibilidad